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lunes, 13 de marzo de 2017

Alegaciones de STAJ al texto de la propuesta de modificación de la Ley 20/2011

   
STAJ reclama al Ministerio el mantenimiento de todas las oficinas de Registro Civil actuales

Tras la mesa sectorial de 7 de febrero, STAJ presentó escrito formulando alegaciones a la propuesta de modificación de la Ley del Registro Civil de 2011, de la que el Ministerio nos informó inicialmente sólo de palabra. El Ministerio nos ha entregado ya el texto de la propuesta, de la cual os hemos informado en nuestra hoja informativa de fecha 28 de febrero, y que podéis consultar en nuestros blogs. STAJ ha presentado nuevas alegaciones, completando las primeras.
STAJ exige al Ministerio:
  • Que el Registro Civil sea público y gratuito, dentro de la Administración de Justicia.
  • Que el Registro Civil mantenga su estructura y demarcación actuales, como mejor manera de garantizar su cercanía al ciudadano.
  • Que en aquellas ciudades en que existen Juzgados con competencias exclusivas en Registro Civil y en todas aquellas que cuentan con separación de jurisdicciones, se establezcan Oficinas de Registro Civil con competencias exclusivas en la materia.
  • Que el resto de Juzgados o Unidades de la Oficina Judicial con funciones de Registro Civil se mantengan como tales y, al menos, con todos sus puestos de trabajo actuales.
  • Que los Juzgados de Paz se mantengan como Oficinas de Registro Civil delegadas, con funciones plenas si bien con limitaciones en cuanto a la tramitación de expedientes gubernativos derivadas de su complejidad o volumen.
  • Que todos los puestos de trabajo de las Oficinas de Registro Civil con competencias exclusivas y los correspondientes a Juzgados y Unidades de la Oficina Judicial con funciones de Registro Civil sean cubiertos exclusivamente por funcionarios de Justicia.
  • Que además de que los Letrados de la Administración de Justicia sean los Encargados de las Oficinas, se prevea también que los funcionarios del Cuerpo de Gestión puedan serlo, debiendo ostentar tal condición en todo caso en las Oficinas de los Juzgados de Paz.
  • Que las sustituciones de los Encargados de Registro Civil se hagan con preferencia absoluta por funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
  • Que durante el periodo transitorio hasta la efectiva implantación de la aplicación tecnológica, se dicten las disposiciones necesarias que definan y retribuyan las nuevas funciones que deberán realizar los funcionarios al tener que asumir éstos las funciones que hasta ahora desempeñaban los Letrados AJ.
  • Que se forme a los funcionarios en la nueva aplicación tecnológica y en las novedades que introduce la Ley para la llevanza del Registro Civil.
El Ministerio en su propuesta sólo ha acogido parte de las peticiones que llevamos haciendo -en solitario- desde STAJ desde antes de la promulgación de la Ley del Registro Civil en 2011. STAJ no acepta la organización del Registro Civil que se pretende en esa Ley, que apenas se modifica en la propuesta Ministerial, salvo para garantizar su mantenimiento dentro de la Administración de Justicia, pero dejando al arbitrio de las Comunidades Autónomas la reestructuración y práctica desaparición de la mayoría de oficinas de Registro Civil, incluidas las de los Juzgados de Paz, con lo cual se amortizarán cientos de puestos de trabajo (todos los que no conformen las RPTs de las futuras Oficinas Central y Generales de Registro Civil), algo que STAJ NO VA A ACEPTAR.